Primero de todo, no le comunique su intención de llamar a la policía o guardia civil, ya que podría huir rápidamente y dejarle entonces sin ninguna prueba. Procure que alguien cercano a usted, o un testigo presencial, se encargue de ello. Si utiliza mil excusas para proporcionarle datos puede suceder que conduzca de manera poco legal (bajo los efectos del alcohol o drogas, sin seguro del vehículo, sin el permiso de conducir, con un vehículo robado, etc.). Intente, por todos los medios, emplear el diálogo para llegar a un mínimo de acuerdo y, al menos, ganar tiempo. Procure, mientras tanto, recabar todos los datos posibles: matrícula, modelo de vehículo, descripción del sujeto, declaraciones de testigos, etc. para que puedan ser cotejados posteriormente con archivos policiales.
Siempre debe denunciarlo. Una vez comprobada la naturaleza y las características del siniestro, si la parte contraria es la responsable y ha sido imposible su localización, será el Consorcio de Compensación de Seguros la entidad que se haga cargo de la posible indemnización.
Siete días es el plazo máximo en el que podrá comunicar a su aseguradora las circunstancias del siniestro. Deberá entonces aportar toda la documentación relativa al mismo. Lo recomendable es que se presenten todos los datos en el parte de declaración amistosa de accidente.
Sí, sin ningún problema. Cualquier hoja de papel donde se detallen las partes implicadas y los datos de los vehículos, así como las circunstancias del accidente (cómo se produjo, situación, fecha y hora, etc.), los daños (tanto personales como materiales) producidos, los posibles testigos, etc., servirá como parte amistoso. IMPORTANTE: deberá ser firmado también por ambos conductores.
Póngase en contacto con su corredor de seguros, o compañía aseguradora, y solicítele uno o más partes de declaración amistosa para llevarlos siempre junto a la documentación de su vehículo.
Contacte, lo antes posible, con un abogado especialista en reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico. Éste realizará un estudio pormenorizado de su caso y le guiará de todas las pautas a seguir. Entre otras acciones, comprobará que la aseguradora está respetando los plazos legales para la presentación de la correspondiente oferta motivada, y cuando la reciba valorará si cumple con los requisitos necesarios. Si se han rebasado los límites de tiempo establecidos por ley (tres meses desde la reclamación) exigirá el pago de los intereses moratorios.
No es la alternativa más recomendable. En la práctica totalidad de las veces, y aunque pueda parecer una contradicción, la supuesta protección jurídica de estos abogados gira siempre en torno a la defensa de los intereses de la propia compañía aseguradora. Se ha de escoger una representación legal que no esté vinculada con estas entidades, para evitar una valoración de la indemnización a la baja principalmente, hecho motivado por la relación profesional antes mencionada y los diferentes convenios que pactan entre sí las aseguradoras.